Aplicamos medidas para que la protección personal deba utilizarse o no puedan limitarse por medios técnicos de organización del trabajo
Protección Personal
Analizar el Trabajo
Antes de la implantación de una medida de protección personal como medida de protección frente a una determinada situación de riesgo químico, analizamos una serie de aspectos con el fin de que la adecuación de la medida de protección sea lo más acertada posible
Deber del Empleador
El empleador en su deber de protección, debe estudiarse, en primer lugar, la posibilidad de eliminar la situación de riesgo mediante el empleo de técnicas de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de carácter organizativo
Estos criterios universales de utilización de la protección Personal, aún más importante cuando se trata de la protección frente al riesgo químico, especialmente por lo que a las protecciones respiratorias se refiere. En consecuencia, la convierte en una medida de carácter excepcional a la que tan sólo se debe recurrir cuando se han agotado todas las vías alternativas que, preceptivamente, se deben intentar con carácter prioritario para eliminar el riesgo
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Determinación de la medida protección
La necesidad de seleccionar una medida de protección frente a una situación de riesgo viene determinada por condicionantes de tipo técnico, como imposibilidad de instalar protección colectiva o existencia de un riesgo residual tras haberla instalado, pero también de tipo económico como repercusión de la protección colectiva en el ritmo de la producción o elevado costo de instalación de la protección colectiva en situaciones de riesgo que se presentan muy ocasionalmente o en situaciones de riesgo de escasa entidad
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Objetivo concreto
El empresario, antes de seleccionar un determinado equipo, tiene la obligación de proceder a una minuciosa apreciación de sus características para evaluar en qué medida cumple con los requisitos exigibles
Así mismo, y en cumplimiento del mandato legal, se deberá consultar a los trabajadores, permitir su participación y oír y valorar sus propuestas en materia de selección de los Equipos de protección personal, más adecuados frente a la situación de riesgo de la que protegerse
Adquisición de los Equipos de Protección Personal
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Tras la selección del Equipo de Protección Personal con los criterios expuestos, hemos de examinar las disponibilidades que el mercado ofrece a fin de que se ajusten a las condiciones y prestaciones exigidas. No deben surgir dudas sobre si servirá, resistirá, será suficiente, etc
Fabricante
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Existe la obligación del Fabricante de elaborar y entregar al usuario, y por tanto éste tiene el derecho a exigirlo si no se le entrega, un folleto informativo con información útil sobre la correcta utilización y conservación del equipo. Este folleto de información estará redactado de forma precisa, comprensible y, por lo menos, en la o las lenguas oficiales del Estado miembro destinatario
Normalización interna del uso
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Una vez seleccionados y adquiridos los equipos más adecuados y previamente a su distribución, se deben normalizar por escrito todos aquellos aspectos tendentes a velar por el uso, efectivo de los mismos y a optimizar su rendimiento.
Para ello se deberá informar de manera clara y concreta sobre ciertos aspectos de formación e información.
Para reforzar la obligatoriedad de uso, la normalización debe hacer referencia a las disposiciones legales al respecto y a las sanciones en caso de incumplimiento
Distribución
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Esta normalizado legal y Técnicamente, que los Equipos de protección personal, están destinados a un uso personal y, por consiguiente, su distribución y normalización interna debe ser personalizada, ya que, para ser eficaces, deben ajustarse a las características anatómicas de cada trabajador y ello debe tenerse presente previamente a su adquisición.
Cada usuario debe ser instruido sobre las características de los equipos que se le entregan y ser responsable del mantenimiento y la conservación del equipo, siguiendo las indicaciones que al respecto se le han dado.
Para ello debe establecerse un mecanismo de seguimiento y
control.
Supervisión
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Es imprescindible la intervención del Experto en Prevención de Riesgos, en todo el proceso, desde la elección hasta la correcta utilización o conservación para conseguir resultados óptimos del equipo necesario frente a una situación de riesgo, estando al corriente de los problemas que se presenten en la utilización de protecciones personales, en
la forma correcta de utilización y en que no se toleren excepciones en las zonas en que su utilización sea obligada
Adoptamos medidas que antepongan la protección colectiva a la Individual
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Donde las medidas de protección individual se
usan con mucha frecuencia, a veces sin un análisis previo suficientemente riguroso sobre su oportunidad, conveniencia y posibles alternativas eficaces de protección colectiva que han de ser siempre prioritarias
La experiencia demuestra que la toma de decisiones sobre medidas protectoras frente al riesgo químico debe ser especialmente cuidadosa, aplicando una visión lo más amplia posible (eficacia, adecuación y coste).
Instrucciones, Formación y Capacitación a los Trabajadores
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Tengamos en cuenta que el riesgo químico y las medidas preventivas ante el mismo, por sus características específicas, suelen no ser de fácil comprensión a través solo de una explicación verbal, requiriendo por ello un apoyo documental. En tareas críticas, por su complejidad, ocasionalidad y gravedad de sus consecuencias, las
instrucciones que han de recibir los trabajadores habrían de ser escritas de forma clara y precisa.
Verificamos
que todos los equipos de protección personal, cumplan con los requisitos y se identifiquen por la marca de certificación, que, de manera obligatoria, deberá estampar el fabricante
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